Portada SECRETARÃA Pruebas de Acceso 1º Curso de primer ciclo de E. Básica
Pruebas de Acceso al Primer Curso del Primer Ciclo de Enseñanzas Básicas PDF Imprimir E-mail

  CALENDARIO GENERAL PARA LAS PRUEBAS DE APTITUD A 1º CURSO DE 1º CICLO DE ENSEÑANZA BÃSICA 2013-14

VACANTES PARA LAS PRUEBAS DE APTITUD A 1º CURSO DE 1º CICLO DE ENSEÑANZA BÃSICA 2013-14

TRIBUNAL DE LA PRUEBA DE APTITUD A 1º CURSO DE 1º CICLO DE ENSEÑZANZA BÃSICA 2013-14 DETALLADO CON DIA Y HORA DE CELEBRACIÓN

RELACION DE ADMITIDOS A LAS PRUEBAS DE APTITUD A 1º CURSO DE 1º CICLO DE ENSEÑANZA BÃSICA 2013-14

 DOCUMENTOS RELACIONADOS:

La realización de las pruebas de aptitud tendrá en cuenta el DECRETO 17/2009 de 20 de enero por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía (LOE ELEMENTAL). BOJA 23  de 4 de febrero de 2009 página 14. La prueba de aptitud básica, se llevará a cabo sin tener en cuenta el instrumento que el/la alumno/a desee estudiar. La elección de la especialidad instrumental, dentro de cada grupo de edad, se efectuará ena vez superada la prueba, en función de la mejor calificación en la misma y de acuerdo con las plazas ofertadas por el centro. Se confeccionará, por tanto, un único listado de aspirantes aptos, ordenados según edad y puntuación obtenida. El aspirante que no se presente al acto de elección de especialidad instrumental decaerá en su derecho.

 

1.- La Admisión de alumnos para las enseñanzas de enseñanza básica se regirá según los criterios siguientes: La edad idónea para iniciar las enseñanzas será de 8 a 12 años, dándose prioridad a los de 8, 9 y así sucesivamente. Los Alumnos/as seleccionados tras la aplicación del criterio establecido en el punto anterior deberán de realizar una prueba de aptitud.

2.- La Calificación NEGATIVA en DOS o más asignaturas impedirá la promoción de un alumno o alumna al curso siguiente. La Calificación NEGATIVA de UNA asignatura permitirá la promoción al curso siguiente. En el supuesto de asignaturas pendientes referida a práctica isntrumental o vocal,la recuperación de la asignatura deberá realizarse en la clase del curso siguiente si esta asignatura forma parte del mismo. En el resto de los casos los alumnos o alumnas deberán asistir a las clases de la asignatura no superada en el curso anterior.

3.- El límite de permanencia en la enseñanza básica será de cinco años, sin que en ningún caso, los alumnos y alumnas puedan permanecer más de dos años en el mismo curso.

4.- Los Alumnos y Alumnas que cursen satisfactoriamente la enseñanza básica de música recibirán el correspondiente Título.

5. Para las enseñanzas básicas, no existen los exámenes de septiembre.

Para  la normativa de las pruebas de aptitud consultar en "DESCARGAS" : ORDEN DE 7 DE JULIO DE 2009

 

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